miércoles, 5 de septiembre de 2007

Es exactamente lo mismo:

Si el día de hoy le presentaran un documento como el que les propongo a continuación, en el que se justifican las razones para remover de su cargo al presidente y les pidieran que dieran su conformidad firmándolo si estaban de acuerdo con las razones expuestas; ¿lo firmarían?... ya va, no contesten todavía... lean las razones primero y supongan que su seguridad e integridad física y jurídica estuviesen garantizadas...

Este podría ser el documento:

“Proponemos la remoción de XXX de su cargo de presidente de la república porque es:

Un presidente al que se le responsabiliza de atacar, reprimir con violencia e incluso asesinar a manifestantes pacíficos.

Un presidente al que se le acusa de haber violado los valores principios y garantías democráticas contenidos en la Constitución.

Un presidente al que se le acusa de haber centralizado el poder y de haber maniobrado abiertamente para poner bajo su estricto control a los tribunales, asamblea, contraloría, defensoría del pueblo, fiscalía, CNE, etc.

Un presidente que de manera abierta y contumaz ha pervertido sistemáticamente la institucionalidad y misión histórica de las Fuerzas Armadas.

Un presidente a cuyo gobierno le responsabilizan innumerables entes y organismos internacionales de violar sistemáticamente los derechos humanos de la población bajo su mandato, tanto los contenidos en la Constitución nacional como los contenidos en documentos internacionales de los que Venezuela es firmante y garante.

Un presidente que públicamente ha justificado el delito y lo ha impulsado al permitir y propiciar invasiones y expropiaciones ilegales en contra de los establecido en la Constitución y las leyes,,, así como de propiciar la obstaculización de procesos de investigación de estos y otros delitos.

Un presidente que irresponsablemente ha promovido la división y el enfrentamiento creando un clima de confrontación y violencia en el seno del pueblo, contrariando el principio de unidad nacional necesario y esencial de una democracia.

Un presidente que ha impulsado una política exterior contraria a los intereses de la patria.

Un presidente que ha promovido la duplicación de todos los poderes y que ha promovido el desconocimiento del movimiento sindical debilitando al movimiento obrero.

Un presidente que ha legislado en sustitución de la asamblea nacional a través de sucesivas leyes habilitantes produciendo leyes que afectan o contradicen lo establecido en la Constitución.

Un presidente que ha mantenido una posición ambigua en torno al terrorismo y a la guerrilla llegando incluso a sospecharse su connivencia y complicidad.

Un presidente que ha colocado todo el poder de la maquinaria del estado y la administración pública al servicio de una parcialidad política y su persona intimidando en el proceso cualquier manifestación de oposición que surja del pueblo.

Un presidente que pública y continuamente muestra su irrespeto por toda clase de instituciones sociales, religiosas, empresariales, sindicales, profesionales o comunitarias.

Razones suficientes para desconocer su autoridad de acuerdo a lo expresado en la Constitución vigente.”

Ya está, ese podría ser el documento, ¿estaría de acuerdo con que estas razones son válidas y suficientes para destituir a un presidente?
¿Si?
¿Firmaría este documento?
¿Si?
Fírmelo pues... ¿ya?... ¡Muy bien!, lo felicito, acaba de firmar convalidando el decreto de Carmona...

¡EPA, PERO YA VA, ESO ES TRAMPA!... (Dirá usted),... ¡Lo malo del decreto de Carmona no eran sus razones sino sus disposiciones y el que yo esté de acuerdo con sus “considerandos” no significa que esté de acuerdo con sus determinaciones!...

OK, su protesta es razonable, veamos que fue eso tan terrible que fue decretado en sus once artículos:

  1. Se auto designó presidente, (eso estuvo feo y predispuso a la gente contra el artículo 3 del decreto).
  2. Se restituyó su nombre original a la república (ni le quita ni le pone aunque muchos nos alegramos... cabezonerías de uno...).
  3. Se disolvió la Asamblea, se convocaron elecciones legislativas en un plazo de seis meses y se dotó a la asamblea de poderes constituyentes (esto fue lo que lo tumbó ¿se acuerdan?).
  4. Se creó un consejo consultivo integrado por 35 miembros (con suplente) de todos los ámbitos nacionales encargado de colaborar en el gobierno durante el periodo de transición.
  5. Se estableció la coordinación entre presidencia y gobernaciones y alcaldías para garantizar la continuidad del sistema democrático durante el periodo de transición.
  6. Se convocaron elecciones nacionales en un año de plazo. El presidente “auto designado” no podía participar en dichas elecciones.
  7. El presidente podía ratificar o renovar los encargados de los distintos poderes públicos. (Pero...)
  8. Destituyó a todos los miembros del tribunal supremo, al fiscal, al contralor, al defensor del puesto y a los directivos del CNE, designando con la colaboración del Consejo Consultivo sus nuevos titulares (esto, sumado al sentimiento de rechazo del articulo 1 y del 3 terminó de sentenciar el intento).
  9. Se suspendió la vigencia de los decretos leyes de la Habilitante, (de aquella Habilitante), hasta fuese comprobada o corregida cualquier anormalidad o violación de la constitución.
  10. Se mantuvo en vigencia la Constitución y las demás leyes así como los tratados internacionales legítimamente firmados por Venezuela.
  11. Se garantizó la entrega del poder al que resultase ganador de la elección nacional convocada.

Tras la lectura del decreto se realizó el “auto-juramento” y se invitó a los presentes a firmar...

¿Le sigue pareciendo terrible?, ¿sigue renuente a firmar?, ¿le parece que lo expuesto en esos tres artículos del infausto decreto justificaban suficientemente la reversión del proceso y la destitución de Carmona?... ¿si?...

Pues entonces ponga atención, porque exactamente lo mismo que está contenido en esos tres artículos que tanto molestaron en el 2002 al punto de hacer retroceder la iniciativa y volver a poner a Chávez en el poder están contemplados en el proyecto de Constitución que Chávez acaba de presentar y eso nadie lo ha dicho.

En el Artículo 230 se auto impone como presidente vitalicio contando con la colaboración de un CNE tramposo y en el 236 se auto otorga el poder para nombrar y remover absolutamente todos los cargos del poder público, dirigir la FAN, disolver la asamblea y ejercer la iniciativa constituyente...

¿No es exactamente lo mismo?

Quién fuera adivino ¿verdad?... ¿No le apetece firmar ahora?...

Saludos.


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